QUIEBRAS, ACUMULACION A LAS.
La prohibición de la fracción I del artículo 983 del Código de Comercio, no se extiende a la graduación del crédito fallido, pues tal precepto nada dispone respecto a lo que debe hacerse con los juicios sentenciados para ejecutar los fallos correspondientes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/354873-5fb1c374/quiebras-acumulacion-a-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2000/39. García y Caro Bernardo. 25 de enero de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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