FIADORES EN AMPARO, PLURALIDAD DE.
La ley no prohibe el otorgamiento de una fianza por dos o más fiadores; y por el contrario, tácitamente lo autoriza, pues el Código Civil vigente en el Distrito Federal, en sus artículos 2837 y 2840, determina los efectos de la fianza entre los cofiadores.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/357171-2800289c/fiadores-en-amparo-pluralidad-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 443/37. López Murga Francisco. 5 de octubre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- FIADORES EN AMPARO, PUEDEN SER VARIOS. (s/clave)
- FIADORES, PLURALIDAD DE LOS. (s/clave)
- FIADOR EN EL AMPARO. (s/clave)
- CONTRAFIANZAS, REQUISITOS PARA ACEPTARLAS. (s/clave)
- FIANZA EN AMPARO. (s/clave)
- FIADOR EN EL AMPARO, DEMANDA PROMOVIDA CONTRA EL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis