RENUNCIAS LEGALES.
Si la autoridad judicial conviene en que los beneficios de orden y excusión, fueron legalmente renunciados por el fiador, en un contrato de arrendamiento, no por el hecho de que la renuncia de otros preceptos legales fuera ineficaz, por no haberse hecho en los términos de la ley, debe estimarse destruida la acción del arrendatario en contra del fiador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/357442-ea538ef0/renuncias-legales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 871/34. Alvarez del Castillo Ricardo. 14 de julio de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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