EMBARGOS PRECAUTORIOS, VALIDEZ DE LOS.
Si un embargo precautorio no ha sido anulado mediante los procedimientos fijados por la ley, debe concederse al mismo toda su fuerza y validez, ya que no se trata de requisitos formales de un instrumento, sino propiamente de falta de formalidades de un acto procesal, que exige una declaración de nulidad pronunciada en juicio seguido a petición de parte interesada, con audiencia de la contraria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/358596-5b43ddac/embargos-precautorios-validez-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3783/34. Barreda Herminio. 25 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no intervino en la votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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