CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO.
Cuando el trabajador se niega a obedecer órdenes del patrón, que emanan de la celebración y aprobación de un convenio en el que aquél no fue parte, es correcta la postura asumida por el mismo el atacar jurídicamente la base o fundamento con que se trata de causarle los perjuicios, y dejar de obedecer las órdenes indebidas en espera de la resolución que al respecto pronuncie la autoridad competente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367467-b48ea8f6/convenios-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1361/50. Ferrocarriles Nacionales de México. 9 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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