TESTIGOS QUE SON EMPLEADOS DEL PATRON.
No existe disposición legal que establezca impedimento para que una negociación ofrezca como testigos, a elementos de su personal de confianza, sino que por el contrario, se ha sustentado el criterio de que no es motivo de tacha legal, el nexo contractual que exista entre la empresa y los testigos que presente, pues ello equivaldría a obligar al oferente a presentar a testigos a quienes físicamente no puedan los hechos sobre los que vayan a deponer, independientemente de que se supone son los mejores enterados de lo que acontece de trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367661-04ee6211/testigos-que-son-empleados-del-patron · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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