TESTIGOS. PUEDEN SERLO QUIENES TRABAJEN AL SERVICIO DEL PATRON.
Tratándose de la materia de trabajo, no hay razón legal para desestimar la declaración de testigos por el solo hecho de ser trabajadores al servicio del mismo patrón, ya que, en razón de la naturaleza de la relación contractual de trabajo, se supone que éstos tiene mayor posibilidad para enterarse de hechos ejecutados por los sujetos de una relación durante la vigencia del contrato.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814639-5ba0d906/testigos-pueden-serlo-quienes-trabajen-al-servicio-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1781/42. Aurelio Lezama. 4 de junio de 1942. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.
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