DESPIDO DEL TRABAJADOR, EXCEPCIONES Y PRUEBAS TENDIENTES A SU JUSTIFICACION.
Cuando se opone como excepción alguna causa justificada de despido, al contestar la demanda se deben precisar los hechos constitutivos de la misma, en forma que permita al trabajador defenderse probando lo contrario. Si los hechos se expresan en forma vaga y general, procede tener por no opuesta la excepción, aunque esos hechos se precisen posteriormente por las pruebas que se rindan, ya que la falta de conocimiento oportuno de ellos impide al trabajador defenderse. En consecuencia, no deben tomarse en consideración las pruebas que rinda el demandado, relativas a hechos no precisados oportunamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367759-57294a40/despido-del-trabajador-excepciones-y-pruebas-tendientes-a · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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