Corpus
Modo: Corpus Pro

PERSONALIDAD EN MATERIA DE TRABAJO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 367778 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVIII; Pág. 545

La parte final del artículo 459 establece para las Juntas de Conciliación y Arbitraje la facultad de reconocer la personalidad de las partes, sin sujetarse al derecho común y cuando de los documentos exhibidos se llegue al conocimiento de que efectivamente un litigante representa a la persona interesada; pero esta disposición no es imperativa, pues no impone la obligación de hacer ese reconocimiento, sino que deja a la potestad de la Junta y a su criterio, el darse por satisfecha en cuestión de personalidad en determinados casos.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367778-9f5de131/personalidad-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 6319/51. Cooperativa de Auto-Transportes Urbanos "11 de Septiembre", S. C. de R. S. 12 de noviembre de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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