TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS.
El titular de una Secretaría o Departamento de Estado que cesa a un empleado sin resolución previa del Tribunal de Arbitraje, sólo omite un requisito procesal que puede llenarse a posteriori y, por tanto, su actitud sólo acarrea responsabilidades transitorias para el Estado por cuanto a la continuación de los efectos del nombramiento, responsabilidades que es preciso definir en el conflicto que provoque el burócrata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368164-d684d348/trabajadores-al-servicio-del-estado-cese-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4892/47. Secretaría de Educación Pública. 27 de junio de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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