INCAPACIDAD EN MATERIA DE TRABAJO (CONVENIOS REVISION DE LOS).
El artículo 307 de la Ley Federal del Trabajo como lo ha declarado la Cuarta Sala de la Suprema Corte no exige, para la procedencia de la acción de revisión del convenio sobre pago de incapacidad, que la agravación se compruebe, con arreglo a la ley, precisamente en el término del año a que dicha disposición se refiere. Es la solicitud de revisión del convenio la que debe presentarse en dicho término, a reserva de acreditar dentro del procedimiento la agravación de la incapacidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368418-51492317/incapacidad-en-materia-de-trabajo-convenios-revision-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2443/45. Negociación Minera de Santa María de la Paz y Anexas en Matehuala, S. A.
8 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hermilio López Sánchez, no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Luis Díaz Infante.
Jurisprudencia relacionada
- CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO, REVISION DE LOS. (s/clave)
- CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO, REVISION DE LOS. (s/clave)
- CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO, REVISION DE LOS. (s/clave)
- CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO, REVISION DE LOS. (s/clave)
- CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO. (s/clave)
- CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO, REVISION DE LOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis