CONVENIOS ENTRE LOS TRABAJADORES Y LOS PATRONES.
No es exacto que celebrado un convenio entre el trabajador y el patrón, para fijar el grado de incapacidad que aquél le haya producido un riesgo profesional y liquidada la indemnización correspondiente, automáticamente se extinguen toda clase de obligaciones entre ellos, ya que si bien puede darse por terminado el contrato de trabajo por mutuo consentimiento, todavía quedarán subsistentes los derechos y obligaciones que se deriven de la incapacidad, que bien puede agravarse, atenuarse y aun producir la muerte del trabajador y necesariamente estos hechos originaran efectos jurídicos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368777-a11d93ab/convenios-entre-los-trabajadores-y-los-patrones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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