EMPLEADOS DE CONFIANZA, TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO, DE LOS, POR HABERSE PERDIDO AQUELLA (CONTADORES).
La causal contenida en la fracción X del artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, consistente en perder el trabajador la confianza del patrón, exige, como requisito, que el trabajador desempeñe un empleo de dirección, fiscalización o vigilancia, y por tanto, el empleo de contador, no puede dar lugar a la pérdida de la confianza, como causa justificativa de despido, ya que el puesto de contador no implica ni dirección, ni fiscalización, ni vigilancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/373447-ff420ec7/empleados-de-confianza-terminacion-del-contrato-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5192/48. Marín Samuel. 5 de diciembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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