Corpus
Modo: Corpus Pro

TRABAJO, NOTIFICACIONES EN MATERIA DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 377799 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 3529

El auto por el cual una Junta de Conciliación y Arbitraje, hace saber a las partes, la continuación del juicio arbitral, suspendido con motivo de haberse planteado la cuestión de incompetencia de dicha autoridad, una vez resuelta dicha cuestión por el tribunal respectivo, no requiere notificación personal, pues no se está frente a la situación prevista en el artículo 444 de la Ley Federal del Trabajo, ya que no se trata de la primera notificación.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/377799-cfe05dd8/trabajo-notificaciones-en-materia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 59/41. Smoot Edgar K. 25 de marzo de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.

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