REPARACION CONSTITUCIONAL.
Lo dispuesto en la fracción I del artículo 161 de la Ley de Amparo, sobre la reparación constitucional no es aplicable a los juicios seguidos ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379043-07c52996/reparacion-constitucional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2653/39. Sindicatos de Empleados de Hoteles y Similares de Jalapa, Veracruz. 29 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.
Jurisprudencia relacionada
- REPARACION CONSTITUCIONAL ANTE LAS JUNTAS. (s/clave)
- REPARACION CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- REPARACION CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- REPARACION CONSTITUCIONAL, NO PROCEDE EN MATERIA DE TRABAJO. (s/clave)
- REPARACION CONSTITUCIONAL, NATURALEZA DEL RECURSO DE. (s/clave)
- TRABAJO, REPARACION CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis