Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DESISTIMIENTO ANTE LAS JUNTAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 383605 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2120

La disposición del artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, que manda tener por desistido a quien no haga promoción alguna en el término de tres meses, debe entenderse para cuando esa promoción sea necesaria para que el procedimiento continúe, porque si éste ha concluido y se tiene en cuenta que, conforme a la ley del trabajo, las Juntas están obligadas a desahogar las pruebas, una vez admitidas, y a reunir oficiosamente las que consideren necesarias, la promoción del reclamante es innecesaria, y el procedimiento debe terminar de oficio, a más de que las dilaciones en el procedimiento, no imputables a las partes, no pueden perjudicarles.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383605-3b96bcfd/desistimiento-ante-las-juntas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 3404/33. Romero José. 13 de julio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis