ARMAS PROHIBIDAS. TRANCHETES.
Se comprueba la responsabilidad del acusado en el delito de que se trata, si se tiene en cuenta que el artículo 160 del Código Penal dispone que son armas prohibidas los puñales y cuchillos, y la que le fue recogida, conocida con el nombre de tranchete, no es otra cosa que un cuchillo de los que usan los zapateros para cortar suela.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801174-2703bcc8/armas-prohibidas-tranchetes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6270/59. Manuel Landgrave. 19 de noviembre de 1959. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
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