CONDENA CONDICIONAL.
Si de los informes del secretario de la penitenciaría del Distrito Federal se desprende que el reo ya fue sentenciado condenatoriamente por otro diverso delito, obteniendo en aquella ocasión el beneficio de la condena condicional, aunque no haya sido confirmada la información con los datos judiciales respectivos, por lo menos sirve para revelar que no ha observado una conducta irreprochable con antelación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802889-dd9df559/condena-condicional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2606/57. Vicente Cuevas Hernández. 21 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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