Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBA PRESUNTIVA EN MATERIA PENAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 805314 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1452

Para que pueda sostenerse que, aunque aisladamente, los indicios tomados en cuenta por la responsable, no tengan la fuerza probatoria suficiente, el conjunto, en cambio, de los mismos, sea bastante para deducir la responsabilidad del reo, sería necesario que cada uno de los elementos indiciarios estuviera probado en forma fehaciente, pues es contrario a la lógica de las pruebas, otorgar fuerza plena a elementos que, en su individualidad, no adquirieron una existencia procesal, de acuerdo con las reglas generales de recepción de las pruebas y valorización de las mismas.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805314-767d4838/prueba-presuntiva-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 1063/48. Argüello Cabrera Fidelino. 28 de febrero de 1952. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis Chico Goerne. Relator: Luis G. Corona (ausente).

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