TESTIGOS Y PERITOS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, FALTA DE PRESENTACION DE LOS.
El artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo, impone a las partes la obligación de presentar en la audiencia a que el mismo precepto legal se refiere, los testigos y peritos que pretendan ser oídos. Por tanto, si el actor no presentó a sus testigos ni a los peritos en la audiencia respectiva, ni señaló el domicilio de los primeros, no tampoco expresó el nombre de los segundos ni sus domicilios, la Junta responsable obró correctamente al desechar esas pruebas, en cumplimiento del referido artículo 524.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805812-f717178c/testigos-y-peritos-en-el-procedimiento-obrero-falta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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