SALARIOS, PRUEBA DEL MONTO DE LOS.
Si al contestar la demanda, el patrón negó la existencia de la relación contractual de trabajo, y en el juicio se acreditó su existencia, el laudo que lo condena sobre la base del salario que el actor señaló en su demanda, no es violatorio de garantías en su perjuicio, pues tocaba al demandado probar cuál era el monto de dicho salario, si lo consideraba diferente del sañalado en la demanda, y si no lo hizo precisamente por la negativa, rotunda de la existencia de la relación laboral, la Junta procedió legalmente al condenar conforme al precisado en la demanda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805863-be80219e/salarios-prueba-del-monto-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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