SUSPENSION, PRUEBA TESTIMONIAL EN EL INCIDENTE DE.
La prueba testimonial ofrecida por los quejosos no es de las enumeradas expresamente por el artículo 131 de la Ley de Amparo, que autoriza a las partes a ofrecer, en la audiencia del incidente de suspensión, las pruebas documentales o de inspección ocular que estime pertinentes, pero que no incluye entre dichas pruebas la testimonial. Y si además, del tenor mismo del interrogatorio presentado al ofrecer la expresada prueba, se desprende que ésta no tenía por objeto probar la existencia de los actos reclamados, negados por la autoridad responsable, debe negarse la suspensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806219-456758aa/suspension-prueba-testimonial-en-el-incidente-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBAS EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL, EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION. (s/clave)
- PRUEBAS EN AMPARO, PROVENIENTES DEL INCIDENTE DE SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION, PRUEBA TESTIMONIAL EN EL INCIDENTE DE (APREHENSION). (s/clave)
- SUSPENSION, PRUEBAS EN EL INCIDENTE DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis