PECULADO, COMPROBACION DEL DELITO DE.
Debe desecharse el agravio alegado por el quejoso, en el sentido de que no está demostrado que haya cometido el delito de peculado, ya que si aparece que su jefe lo autorizó para hacer valer quincenales a cuenta de su sueldo, tal autorización solamente comprendía el pago de su sueldo quincenal, durante la quincena correspondiente, y por ningún motivo se le concedió que se excediera, tomando cantidades mayores como lo hizo; además de que ciertas personas le entregaron como recibidor de la caja algunas cantidades por las que dio el correspondiente recibo sin haberles dado entrada en la caja de la oficina, lo que constituye evidentemente el delito de peculado, puesto que estaba al frente de manejo de fondos de la oficina sanitaria, de la cual formaba parte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808405-8af2fdea/peculado-comprobacion-del-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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