Corpus
Modo: Corpus Pro

ENFERMEDADES PROFESIONALES, COMPROBACION DE LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 808839 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1754

Desde el momento en que una compañía se excepciona manifestando que no es responsable de la enfermedad sufrida por un obrero, en atención a que después de que se separó, trabajó en otras empresas, a aquélla le incumbe demostrar ese hecho, y si ninguna prueba rinde para acreditarlo, no puede considerarse que se haya infringido por la Junta, el artículo 286 de la Ley Federal del Trabajo, al considerarla responsable de la enfermedad del trabajador.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808839-ae74fe8b/enfermedades-profesionales-comprobacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 458/37. Compañía Real del Monte y Pachuca. 13 de mayo de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.

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