DENUNCIO DE FUNDOS PETROLIFEROS.
La oposición a él, sólo puede basarse en los motivos enumerados en el artículo 20 del decreto de 8 de agosto de 1918.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810776-c5180714/denuncio-de-fundos-petroliferos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. International Petroleum Co. 15 de julio de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio, Jesús Guzmán Vaca y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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