ESPERA.
La simple abstención de cobro oportuno de rentas o tolerancia del arrendador respecto de las fechas de pago, no implica, en rigor, una espera que pueda liberar al fiador, si no entraña una modificación o alteración de las condiciones del contrato, en forma que se agrave la responsabilidad del mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813508-5cb1f3c3/espera · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2540/29. Alejandro Cerizola. 31 de enero de 1940. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
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