Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DELITOS NO INTENCIONALES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 813723 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1951; Pág. 41

El artículo 8o. del Código Penal del Distrito Federal, determina que los delitos pueden ser intencionales y no intencionales, o de imprudencia, y que, en el primer caso, conforme al 9o. de ese cuerpo de leyes, sí se requiere la concurrencia del dolo, que siempre se presume, salvo prueba en contrario, en tanto que en los delitos imprudenciales no es factor primordial la concurrencia de la intención delictuosa y, por tal motivo, para estas últimas figuras delictivas, se establecen sanciones especiales que se encuentran consignadas en el capítulo II, título III, libro I, de la citada codificación, por lo cual en delitos imprudenciales no se requiere acreditar que los acusados los cometieron con intención dolosa.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813723-58c17729/delitos-no-intencionales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 8734/48. Fidel Domínguez Roldán. 9 de marzo de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Ponente: Luis G. Corona.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis