EMPLEADOS PUBLICOS. CESE DE LOS.
Aunque la ley no diga cómo debe decretarse el cese de los empleados, es aplicable la jurisprudencia que ordena que todo procedimiento que sigan las autoridades y que llegue a privar de derechos a un particular, debe conceder a éste la oportunidad de ser oído y de presentar defensas, para que el acto no viole el artículo 14 de la Constitución Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/815837-4ddf9c54/empleados-publicos-cese-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo 7490/45. Tamés Cira. 2 de septiembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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