PERSONALIDAD. SU JUSTIFICACION ANTE EL.
La ley señala un procedimiento cuya fijeza viene a quedar determinada de acuerdo con los artículos 163, 164, 181 y 182 del Código Fiscal; de lo que se concluye que, con posterioridad, la Sala no puede revocar el auto de admisión de la demanda, por haber causado estado y ser margen de derechos cuyo desconocimiento implica la violación de garantías individuales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817012-f7fa78da/personalidad-su-justificacion-ante-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo 7589/44. Menley and James Ltd. 19 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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