Corpus
Modo: Corpus Pro

DAÑOS, CONTRATOS PARA CUBRIR LOS. NO PUEDEN MODIFICAR LAS DISPOSICIONES DE ORDEN PÚBLICO.-

Clave: 893 · Registro digital (IUS): 905834 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. SCJN; Pág. 421

No puede sostenerse jurídicamente que un contrato derogue la vigencia de las leyes que rigen las obligaciones obrero-patronales y los derechos y obligaciones que de ellos emanen y mucho menos las disposiciones de orden público como son las que establece el Código Penal, en cuanto concretamente, a que los patrones están obligados a pagar los daños que causen sus obreros en el desempeño de los servicios que les presten, pues sería desquiciante del orden jurídico admitir que, por convenios privados entre delincuentes y sus patrones, en los trabajos respectivos, se puedan dejar de aplicar las leyes de derecho público, como las del orden penal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905834-4986e7a2/danos-contratos-para-cubrir-los-no-pueden-modificar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4772/62.-Julio Terán López.-19 de marzo de 1964.-Cinco votos.-Ponente: Alberto R. Vela. Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen LXXXI, Segunda Parte, página 14, Primera Sala.

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