ESCRITO DE PROTESTA. SUPUESTO EN QUE TAMBIÉN SE PUEDE PRESENTAR ANTE LOS CONSEJOS DISTRITALES O MUNICIPALES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SINALOA).-
De una interpretación sistemática de los artículos 168 y 228, en relación con el contenido de la fracción IX del artículo 211, de la Ley Electoral del Estado de Sinaloa que dice: La votación recibida en una casilla será nula cuando se acrediten las siguientes causales: IX. Haber impedido el acceso a los representantes de los partidos políticos o haberlos expulsado sin causa justificada, se puede establecer que el escrito de protesta, en el caso de que se haga valer con fundamento en la fracción citada, puede ser presentado por los partidos políticos ante el consejo distrital o municipal que corresponda, aun cuando en dichas casillas hayan actuado dos o más representantes de partidos políticos, siempre que éstos sean distintos al que presenta la protesta, ya que por lógica, el partido que presenta sus escritos de protesta ante el consejo distrital o municipal con el argumento de que en las casillas que impugna no se le permitió el acceso a sus representantes, lo hace porque existe, presuntamente, un impedimento físico que hace imposible, o bien la firma bajo protesta del acta respectiva o la presentación de impugnaciones durante la jornada electoral o al cierre de ellas, o finalmente, la propia presentación de los escritos de protesta en los términos que señala la ley. Con lo que se da una tercera excepción para poder presentar los escritos de protesta ante los consejos distritales o municipales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/922755-f828d4f1/escrito-de-protesta-supuesto-en-que-tambien-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PROTESTA. SI SE PRESENTA ANTE LOS CONSEJOS ELECTORALES CORRESPONDIENTES, EN UN SOLO ESCRITO SE PUEDEN INVOCAR CAUSAS DE NULIDAD QUE TUVIERON ORIGEN EN VARIAS CASILLAS (LEGISLACIÓN (173)
- PROTESTA. REPRESENTANTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS FACULTADOS PARA HACERLA VALER EN LA ETAPA POSTERIOR A LA JORNADA ELECTORAL (LEGISLACIÓN DE CHIAPAS).- (171)
- ESCRITO DE PROTESTA. EL QUE SE PRESENTE ANTE EL CONSEJO MUNICIPAL ESTÁ FACULTADO PARA SUSCRIBIRLO EL REPRESENTANTE DEL PARTIDO POLÍTICO ANTE ESE ÓRGANO (LEGISLACIÓN DE AGUASCALIENT (94)
- PROTESTA. REQUISITOS FORMALES DE LA PRESENTADA POR LOS REPRESENTANTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS ANTE LOS CONSEJOS ELECTORALES (LEGISLACIÓN DE CHIAPAS).- (172)
- PROTESTA, ESCRITO DE. NO ES REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD Y SU PRESENTACIÓN ES OPTATIVA (LEGISLACIÓN DE QUERÉTARO).- (168)
- PROTESTA. ETAPAS EN QUE PROCEDE FORMULARLA (LEGISLACIÓN DE CHIAPAS).- (170)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis